Cuando la compañía no quiere pagar el coste de reparación del vehículo
Es un caso muy habitual que tras un accidente de tráfico, la compañía del vehículo culpable, se niegue a pagar el coste de reparación del vehículo, alegando que resulta antieconómico ya que es más caro que el valor del vehículo.
Debemos aceptar el precio que nos ofrece la compañía o podemos reclamar el coste total de reparación?
La respuesta no está clara ya que es una cuestión jurídica muy controvertida y sobre la cual la que la jurisprudencia ha dado distintas solucionas:
Indemnización completa- La compañía debe pagar el valor de la reparación total de los daños producidos pues es la única manera que el damnificado quede plenamente indemnizado conforme el sistema de daños previsto en el art. 1902 del Código Civil.
Indemnización por valor venal- Esta solución es el polo opuesto a la anterior. Sólo se debe indemnizar el dañó real producido al automóvil, es decir el coste de reparación, cuando no supere el denominado valor venal. De lo contrario se estaría produciendo un enriquecimiento injusto a favor del damnificado ya que tendría un vehículo con piezas nuevas y revalorizado.
Indemnización por valor venal más valor de afección- Seria una solución ecléctica entre las anteriores. Consiste en añadir al valor venal un porcentaje como valor de afección, según el coste del valor venal y el de reparación.
Desde nuestro despacho de abogados entendemos que la única solución realmente justa y conforme a derecho es la primera, es decir, pagar la reparación total de los daños causados al vehículo. Resulta absolutamente injusto que se obligue a quién ha sufrido unos daños por una negligencia de un tercero, a adquirir un nuevo vehículo, cuando no deseaba hacer ese cambio.
Es sabido además que el valor venal está relacionado, simplemente con el año de matriculación del vehículo, por lo que no se tiene en cuenta ni los kilómetros, ni el estado de conservación del vehículo para el cálculo de la indemnización.
Además, se está obligando al damnificado a que soporte unaserie de molestias que no tendría porqué realizar: buscar un nuevo coche conforme “al presupuesto” que le ha dado lacompañía, realizar la burocracia pertinente a la la compra etc..
Si usted se encuentra en esta situación, no dude en consultar con nuestro despacho de abogados y le indicaremos como proceder.
ARMENTERAS-BLANCO ADVOCATS
c/ Convent, 21, 08202-SABADELL
Tel. 93 168 65 07
Deja una respuesta