El contrato temporal en fraude de ley
En la actualidad, uno de los problemas del mercado laboral en España es el elevado número de contratos temporales. Para intentar evitar esta situación, la legislación laboral es muy clara y exige unos determinados requisitos para que la empresa pueda realizar un contrato temporal.
Sin lugar a dudas, uno de los requisitos más importantes es que no se puede cubrir un puesto cuya necesidad para la empresa es permanente con una contratación temporal, es decir, que si la empresa tiene una necesidad permanente, no se permite contratar a alguien de manera temporal. Por ello, en el caso de que eso ocurra la empresa se enfrenta a la declaración de improcedencia del despido, en el caso de extinción de contrato por finalización del plazo del contrato temporal, es decir, cuando se cumpla el periodo por el que la empresa realizó el contrato temporal sin renovar al trabajador, el trabajador puede instar una demanda reclamando el fraude de la contratación temporal y la declaración del despido como improcedente, solicitando la máxima indemnización legal.
¿En qué situaciones permite la ley realizar un contrato temporal?
Para conocer si un contrato temporal es legal, lo primero es entender los 3 tipos básicos de contratos temporales que existen en España:
1. Contrato de obra y servicio. Se puede hacer cuando una empresa necesita a un trabajador para hacer una obra o servicio concreto, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa. La duración del contrato es limitada, hasta que dure la obra o servicio concreto.
2. Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción. Se puede realizar cuando una empresa tiene una acumulación o un exceso de tareas, aunque sea dentro de la actividad normal a la que se dedica. Puede tener una duración máxima de 6 meses (en un periodo de 12), contados desde que se produce el exceso o acumulación. Si el contrato es por un tiempo inferior al máximo, puede prorrogarse una vez hasta alcanzar el tope.
3. Contrato de Sustitución. Se puede realizar cuando una empresa necesita cubrir el puesto de un trabajador que ha dejado la empresa de forma temporal y tiene reserva del puesto de trabajo.
En cualquier caso, el ordenamiento jurídico laboral obliga a la empresa cuando hace un contrato temporal, de los mencionados anteriormente, a demostrar los siguientes requisitos:
– Acreditar la necesidad temporal del contrato de trabajo.
– Acreditar que se ha realizado el contrato temporal adecuado, con los límites temporales en cada caso, para la necesidad temporal que se pretende cubrir.
¿Cuándo existe fraude de ley en un contrato temporal?
Decimos que existe fraude de ley en un contrato temporal cuando el empleador contrata a un trabajador a través de alguno de los contratos temporales (obra y servicio, eventual por circunstancias de la producción o sustitución) sin que exista causa alguna que justifique la realización de dicho contrato o bien cuando finalizada la causa que dio inicio al contrato temporal, el trabajador continúa realizando las mismas funciones en la empresa. También hablaremos de fraude de ley en el contrato temporal cuando estos contratos hayan superado los límites de tiempo que la ley establece para ellos.
¿Cómo puedo reclamar mi contrato en fraude de ley?
Si te encuentras en una situación laboral cuyo contrato de trabajo está en fraude de ley, lo primero que debes hacer es presentar una denuncia administrativa ante la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social. Este es el primer paso para obtener un Acta de infracción, que luego te permitirá poder presentar la demanda ante el Servicio de Conciliación, Mediación o Arbitraje (SMAC) que le corresponda. Dispones de 20 días desde que finaliza tu contrato temporal para presentarla. Si en el acto de conciliación no llegas a un acuerdo con tu empleador, se pasará al siguiente paso, que es la demanda ante el Juzgado de lo Social, donde será el juez quien determine si existe o no fraude de ley en la contratación temporal.
Desde nuestra experiencia, consideramos que es fundamental la intervención de un buen abogado laboral especialista a la hora de iniciar los trámites de reclamación de tu contrato en fraude de ley. En Armenteras Blanco Advocats contamos con profesionales expertos en derecho laboral, que podrán asesorarte y guiarte durante todo el proceso, si es que tu contrato es temporal y, por lo tanto se ha realizado, en fraude de ley, hecho que determinaremos después de realizar una consulta en el despacho, una vez supervisada la documentación y realizada la correspondiente entrevista con el cliente, de manera totalmente personalizada. No dudes en contactar con nosotros si consideras que tu contrato temporal no cumple con los requisitos legalmente establecidos.
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