El Tribunal Supremo anula la compra de acciones de Bankia
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo confirma lo que ya contábamos en anteriores artículos; la compra de acciones de Bankia estuvo viciada por un error del consentimiento ya que los accionistas confiaron en la información de la oferta pública de suscripción que contenía datos falsos sobre la situación económica de Bankia.
La entidad financiera estará obligada a devolver a los accionistas el capital invertido más los intereses de demora.
La sentencia también ha desestimado la alegación de prejudicialidad penal de Bankia, según la cual no se podía determinar la existencia de datos incorrectos en el folleto informativo hasta que no se ventilan las responsabilidades penales en el procedimiento que se sigue en el Audiencia Nacional. El Tribunal Supremo considera que independientemente de la calificación penal que se dé a los hechos, la información económica reflejada en la oferta pública sobre la entidad «resultó incorrecta y faltó a la verdad en aspectos relevantes».
Esta nueva jurisprudencia del Supremo viene a confirmar lo que ya estaban resolviendo los Juzgados de Primera Instancia y las Audiencias Provinciales. De hecho, sólo hay dos casos en toda España donde no se ha dado la razón a los accionistas de Bankia.
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