La Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre las cláusulas suelo en Europa

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La Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre las cláusulas suelo en Europa

La Comisión Europea ha presentado un informe al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en la que se muestra contrario a la jurisprudencia establecida en la Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de mayo de 2013, sobre el carácter irretroactivo de los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo. Esta polémica sentencia tiene un trasfondo más político que jurídico, ya que aparentemente, pretende evitar el impacto macroeconómico que supondría para las entidades bancarias la devolución de todas las cantidades cobradas gracias a la aplicación de esta disposición desde que el Euribor alcanzó mínimos históricos.

El informe de la Comisión Europea surge a raíz de una consulta prejudicial realizada por el Juzgado Mercantil nº 1 de Granada, en la que el Juez nacional interroga al Tribunal Europeo sobre la contradicción entre la jurisprudencia del Tribunal Supremo y las directivas y jurisprudencia europea sobre materia de consumo. De la misma manera que la Comisión Europea ha hecho sus alegaciones sobre la cuestión, también lo pueden hacer los Estados miembros afectados. En este caso, y en la misma línea que el el Tribunal Supremo, los gobiernos de España y el Reino Unido se muestran a favor de que los jueces nacionales puedan limitar los efectos retroactivos de una declaración de nulidad.

Hasta ahora, en el caso de que una cláusula suelo fuera declarada nula, sólo se podía solicitar el reintegro de las cantidades pagadas indebidamente desde la fecha de publicación de la Sentencia del Tribual Supremo de 13 de mayo de 2013. Si la justicia Europea deja sin efecto esta limitación jurisprudencial, los afectados por una cláusula suelo podrán reclamar la devolución íntegra de todas las cantidades abonadas como consecuencia de esta disposición. La única limitación sería el principio de cosa juzgada, es decir, no se revisarían los casos en los que ya ha recaído sentencia.

En cualquier caso, habrá que esperar a la Sentencia del Tribunal de Luxemburgo, pero si usted está afectado por una cláusula suelo, no dude en ponerse en contacto con nosotros y le asesoraremos de cómo recuperar su dinero.

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