Procedimientos Judiciales de Familia en Estado de Alarma | AB
Las actuaciones judiciales de abogados de familia y los plazos procesales están suspendidos mientras dure el Estado de alarma con las siguientes excepciones:
- Cualquier actuación judicial que, de no practicarse, pudiera causar un perjuicio irreparable.
- Internamientos urgentes internamientos no voluntarios, causados por un trastorno psíquico.
- La adopción de medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables como medidas de protección al menor.
- Los Juzgados de Violencia sobre las mujeres seguirán realizando los servicios de guardia.
Asimismo, el RD 463/2020 no legítima a incumplir lo dispuesto en Sentencia judicial. Los padres deben observar que se cumplan las normas de las autoridades gubernativas y sanitarias para evitar la propagación del COVID-19, ejerciendo con responsabilidad la potestad parental e intentando alcanzar los mayores acuerdos posibles, teniendo en cuenta que estamos ante una situación excepcional. Puedes consultar el siguiente artículo sobre Cómo Afecta el Estado de Alarma al Cumplimiento de los Convenios Reguladores
En caso de cualquier duda en su caso concreto, no duden en ponerse en contacto con nuestro despacho de abogados a través del correo electrónico info@armenterasblanco.como el siguiente teléfono: 640 164 819.
Deja una respuesta