EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ANULA EL IMPUESTO DE PLUSVALÍA SI EL INMUEBLE SE VENDIÓ CON PÉRDIDAS

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EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ANULA EL IMPUESTO DE PLUSVALÍA SI EL INMUEBLE SE VENDIÓ CON PÉRDIDAS

El Tribunal Constitucional en Sentencia 26/2017, de 16 de Febrero de 2017 ha resuelto que la plusvalía municipal que pagaron los que vendieron su vivienda por menos dinero del que la compraron es nula.

El Alto Tribunal interpreta que la plusvalía municipal es un impuesto que responde a la capacidad económica generada como consecuencia del paso del tiempo al adquirir una vivienda y venderla posteriormente, por más valor.

Para calcular la plusvalía se debe tener como referencia el valor catastral que se otorga a la vivienda por los Ayuntamientos, referencia que se toma para el cálculo del Impuesto de Bienes Inmuebles, impuesto también conocido como “la contribución”. Así la plusvalía municipal es el resultado de aplicar la diferencia entre el valor catastral de la vivienda en la fecha de compra y el valor catastral en la fecha de la venta, de manera que como los valores catastrales aumentan cada año, siempre hay que liquidar plusvalía municipal.

El Tribunal Constitucional anula los artículos 107.2.a) y 110.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que regulan cómo calcular el Impuesto de Plusvalía Municipal y el control que deben ejercer los Ayuntamientos para revisar el cálculo.

Esto tiene una repercusión muy importante, para todos aquellos que hayan vendido su piso en los últimos 4 años, y hayan abonado plusvalía municipal, habiendo perdido dinero con la venta del inmueble, o bien, habiendo obtenido el mismo dinero.

Si conocéis a alguien que haya vendido su piso en los últimos 4 años, informarles de que revisen el precio de la vivienda cuando la compraron y la comparen con el precio por el que la vendieron, y si este resultado es igual o inferior, podrán reclamar al Ayuntamiento la devolución de la plusvalía municipal con intereses.

Como siempre os dejamos el link de la Sentencia del Tribunal Constitucional, para todos aquellos que queráis leerla.

https://www.boe.es/boe/dias/2017/03/25/pdfs/BOE-A-2017-3255.pdf

Para cualquier duda o consulta acerca de cómo solicitar la devolución del Impuesto de Plusvalía municipal, en caso de haber vendido un piso por un precio inferior al de la compra, durante los últimos 4 años, os recordamos que estamos a vuestra disposición en el teléfono 93 168 65 07.

 

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