93 168 65 07 / 640 164 819

Antecedentes policiales o penales

Buenos días a todos,

Cuando una persona es detenida o imputada por un presunto delito, se inicia por parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad (Policía Municipal, Policía Nacional, Mossos d’Esquadra, etc) la apertura de los denominados antecedentes policiales.

Desde ese momento queda abierta una ficha policial en la que consta el nombre, apellidos y DNI de la persona detenida o imputada, lugar y fecha de la comisión y el delito por el que se le ha abierto esta ficha policial, denominado antecedentes policiales. De este modo, cuando cualquier organismo de la policía vuelva a identificar, por el motivo que sea a esa persona, en el registro informático de la policía aparecerá que ha sido detenida o imputada por un delito, la fecha de la detención, lugar del sitio donde se produjo presuntamente el delito y el tipo de delito que se le imputa.

Existe la posibilidad de cancelar estos antecedentes policiales, si en el transcurso de la investigación judicial se dicta un auto de archivo del procedimiento o bien una sentencia absolutoria. Este trámite se deberá realizar ante el cuerpo de la policía que ha iniciado los trámites de la imputación del delito o nos ha efectuado la detención. Tramitada la solicitud de cancelación de antecedentes policiales, una vez acreditada nuestra absolución en la imputación del delito, recibiremos una notificación por la que se nos ha procedido a la cancelación de los antecedentes policiales y quedarán eliminados nuestras datos en la base de datos del organismo policial.

Respecto de los antecedentes penales, estos son cancelables de oficio, cuando ha transcurrido el plazo establecido en el Código Penal, dependiendo de la gravedad del delito cometido, y en función de la pena tipificada por el delito cometido. Ahora bien, el Ministerio de Justicia, organismo en el que constan registrados los antecedentes penales, no suele hacer este trámite de oficio; por lo que para la cancelación de los antecedentes penales, es recomendable que el propio interesado solicite su cancelación.

Requisitos

Los requisitos indispensables para poder cancelar los antecedentes penales son haber abonado la responsabilidad civil derivada de delito y haber transcurrido el tiempo establecido en el artículo 136 y 33 del Código Penal, sin haber cometido otro delito.

A efectos del cómputo para la cancelación de los antecedentes penales, en cuanto al periodo sin cometer otro delito, se inicia a partir de la fecha del cumplimiento de la condena, por la que se nos ha condenado, y que en caso de suspensión de la condena penal, se iniciará desde el día siguiente al inicio de la ejecutoria penal y hasta la total extinción de la pena de prisión que se nos haya imposibilidad. Así mismo, en caso de que la condena fuera la realización de trabajos en beneficio de la comunidad, ésta se iniciará una vez se hayan realizado la totalidad de los mismos.

En caso de que alguno de vosotros esté interesado en tramitar la cancelación de los antecedentes policiales o penales, no dude en ponerse en contacto con este despacho de abogados de Sabadell, para recibir toda la información relativa a su situación , así como la iniciación de los trámites de cancelación de antecedentes policiales o penales.

En nuestro despacho de abogados, realizamos un seguimiento total de los procedimientos penales que tramitamos, proponiendo al cliente la realización de estos trámites, según el caso concreto, a los efectos de que se eliminen los datos de las bases de datos de la policía o de los juzgados, en los que los mismos hayan podido quedar registrados.

Esperamos que esta información haya sido de su interés y para más información no deje de consultarnos en el teléfono 93 168 65 07 en horario de lunes a jueves de 9:00 a 14: 00h. y de 16:00 a 19: 30h. y viernes de 9:00 a 15: 00h.

Atentamente,

Armenteras Blanco Advocats

Call Now Button